Desde hace unos meses estoy trabajando en algo que me empieza a quitar el sueño (a parte de mis hijos que no me dejan dormir). Se trata de una petición al colegio de mi mayor para que cambien el chip y busquen un transporte escolar – en este caso, autobús – más seguro para las salidas que hacen durante el año. Sé lo que os estáis preguntando. Ah, pero, ¿los autobuses que se encargan de transportar niños no son seguros? Me temo que no.
Legal no es lo mismo que seguro
La legislación en lo relativo al transporte escolar infantil es muy ambigua y eso pone en riesgo la seguridad e integridad de los niños cada vez que cogen el autobús para una salida escolar. Sé que parece una exageración pero, si seguís leyendo, veréis que el tema es bastante grave.
Por eso, varios padres del centro hemos pedido a la Dirección que se contraten autobuses que dispongan de cinturón de seguridad de tres puntos y sistemas de retención infantil (SRI) homologados y adecuados a la edad y peso de nuestros hijos.
El problema es, como suele ocurrir en estos casos, que la ley permite que nuestros hijos viajen de forma peligrosa en estas salidas. Pero eso no quiere decir que nos tengamos que conformar.
¿Qué dice la Ley?
La normativa vigente es el Real Decreto 443/2001, una normativa que en los últimos años ha sufrido varias modificaciones. Sobre seguridad en el transporte escolar, en el artículo 4 apartado 3.3.a dice:
“Los niños comprendidos entre cinco y once años deberán utilizar cinturones de seguridad de tres puntos y se deberá disponer de cojines elevadores de distintas alturas, en función de su edad y estatura, que permitan ajustar el cinturón a sus medidas. Cuando no se cumplieran estas condiciones, los cinturones no podrán ser utilizados por niños de las edades indicadas”.
En el año 2006, se realizó un nuevo Real Decreto para modificar el citado RD de 2003. Era el RD 965/2006 del 1 de septiembre, el cual evitaba hacer referencia al 443/2001 y en un artículo único, modifica entre otros el artículo 117 del Reglamento General de Circulación:
“Los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros deberán utilizar los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso”.
Por último, en 2015 se redacta un nuevo RD 667/2015, de 17 de julio, similar al de 2006, que también modifica el del 2003 en su artículo 117. Así, en el segundo párrafo, podemos leer:
“En los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se informará a los pasajeros de la obligación de llevar abrochados los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención infantil homologados, por el conductor, por el guía o por la persona encargada del grupo, a través de medios audiovisuales o mediante letreros o pictogramas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo IV, colocado en lugares visibles de cada asiento. En estos vehículos, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 de tres o más años deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso. Cuando no se disponga de estos sistemas utilizarán los cinturones de seguridad, siempre que sean adecuados a su talla y peso”.
Para empezar, tenemos distintas normativas, actualizaciones frecuentes y bastante lío en este sentido. Y, cómo veis, estas normativas no protegen la seguridad de los niños en los autobuses. Y, lo que más me indigna, es que los más pequeños son los menos protegidos. ¿Qué pasa con los niños de 2 años que hacen salidas en la guardería?
Otras fuentes oficiales se pronuncian
Otras fuentes “oficiales”, como la página web de los Mossos d’Esquadra, dicen:
Seguridad en el transporte escolar
Características técnicas de los vehículos
“Los asientos enfrentados a pasillos, cuando los utilicen menores de 16 años, deberán contar con cinturones de seguridad, que deben tener tres anclajes y, en el caso de que los utilicen menores de entre 5 y 11 años, con cojines elevadores. (¡me sigo preguntando qué narices pasa con los menores de 5 años!).
Los asientos enfrentados a pasillos:
- Cuando los utilicen menores de 16 años: deberán disponer de cinturones de seguridad, que deben tener tres anclajes.
- Cuando los utilicen menores de entre 5 y 11 años, deben disponer de cinturones de seguridad y de cojines elevadores.
Si bien la legislación es muy clara cuando se trata del transporte de niños en vehículos privados, existe un vacío legal y mucha ambigüedad en el caso de los autobuses, supongo que por intereses económicos. Esto supone un problema muy grave.
Así, los menores de 135 cm, en vehículos de menos de 9 plazas, deben viajar en sistema de retención infantil (sillita), mientras que los mismos menores de 135 cm, en un vehículo de más de 9 plazas (por ejemplo un autobús) aunque se recomienda el uso de un SRI, puede viajar con el cinturón de seguridad que haya si no hay SRI. Esto es una incongruencia. ¿Por qué en un coche deben ir obligatoriamente en una silla adecuada a su peso y edad y en un autobús simplemente con un cinturón de dos puntos? Esto no tiene ningún sentido. E insisto, que sea legal no significa que sea seguro.
¿Estamos descubriendo algo nuevo?
Esto no es algo desconocido. Son varios los organismos que señalan esta problemática, aunque a día de hoy todavía ni el Gobierno ni la DGT se han puesto manos a la obra para solucionarlo y ofrecer a los niños y a sus familias la tranquilidad de viajar en un transporte escolar seguro.
En 2015, el Síndic de Greuges ya alertó del vacío legal en el uso del cinturón en el transporte escolar. En el País Vasco, el gobierno ha retirado el transporte escolar de los menores de 2 años al considerar que no viajaban seguros. “La medida responde a una cuestión de seguridad, ya que no está garantizado que los niños de 2 años dispongan en los autobuses de las sillas homologadas y los anclajes ajustados a su peso y edad. El Ejecutivo vasco ha dejado la decisión final en manos de los colegios por el momento, aunque bajo su responsabilidad, aunque una buena parte de las escuelas han optado por prohibirlo”.
La Fundación Mafre ya puso también de manifiesto el hecho de que los autobuses escolares no cuentan con SRI adecuados a los niños y ello supone un problema para su seguridad.
Y, además, sabemos que hay organismos que están trabajando en ello dada la gravedad del tema. Personalmente he trasladado la misma inquietud al Defensor del Pueblo y he recibido esta respuesta.
¿Por qué el cinturón de 2 puntos no es seguro?
Los cinturones de seguridad de 2 puntos son similares a los que se utilizan en los aviones. Este tipo de retención, en especial cuando se diseña teniendo como referencia el cuerpo de un adulto, no es adecuado para niños ya que ante un impacto frontal no evita daños en cabeza y cuello debido al movimiento del torso y a la menor tolerancia a los esfuerzos y momentos de la estructura muscular, esquelética y visceral propia de estas edades. Incluso puede llegar a provocar lesiones abdominales graves al no ser posible colocar la banda del cinturón sobre la estructura ósea prevista en los adultos.
Pero es que además, en caso de vuelco no evita la eyección, es decir, que salga disparado el cuerpo y ni el movimiento de las extremidades sin control que puede, a su vez, provocar más golpes.
En un cinturón de 2 puntos no puede instalarse una silla a contramarcha que, según la DGT, es la opción más segura. Se recomienda viajar ACM al menos hasta los 4 años, o hasta que las características físicas del niño (peso y altura) lo permitan.
El cinturón de 2 puntos está prohibido en los vehículos particulares por la poca seguridad que aportan y por las graves lesiones que provoca. De la misma forma que lo está viajar sin la silla de seguridad infantil en un vehículo de menos de 9 plazas.
¿Cómo deben viajar entonces los niños en un autobús?
Lo ideal es que viajen con un cinturón de 3 puntos regulable y un sistema de retención infantil (en el caso de los autobuses, lo más viable es un alzador) adecuado a su talla y edad, a ser posible a contramarcha hasta los 4 años. Los SRI, como hemos comentado antes, no pueden instalarse con un cinturón de 2 puntos.
Sin embargo, hay que dejar claro que los más afectados son los niños menores de 4 años, ya que no hay ningún sistema de retención infantil homologado para transporte escolar de más de 9 plazas que sea seguro. Un alzador no es suficiente para ellos y una silla homologada para el coche no está probada en el autobús… por lo que no hay garantías de que sea 100% seguro.
Os recomiendo ver este vídeo a modo de resumen de todo lo dicho anteriormente.
En las redes sociales hay dos grupos (que yo conozca) sobre este tema que os recomiendo muy mucho.
Lluitant per la seguretat en el transport escolar
No suelo pedirlo pero creo que este tema es muy importante. Por favor: compartid este post. Necesitamos que esta información llegue al máximo número de personas y nos concienciemos un poco más.
Photo by Ant Rozetsky on Unsplash
Photo by Ashley Gerlach on Unsplash
Buenos días;
Yo también estoy bastante preocupada por este tema. Tengo dos niños de 3 y 5 años que usan el transporte escolar a diario. En nuestro caso se trata de una furgoneta de 9 plazas que utiliza los cinturones de tres puntos y un alzador para cada niño. A mí me parece que no es muy adecuado, sobretodo para el más pequeño, pero el propietario me dice que no está obligado a nada más. Además no cuenta con un acompañante. He preguntado en la dirección del cole y no me dan respuesta y al buscar información no encuentro normativa para este caso, podrías ayudarme?
Hola Pepa, no soy asesora pero por lo que dices tus hijos viajan ya con cinturón de 3p y alzador no? Este sistema es adecuado para niños de +15kg. De todas formas, puedes plantear esta duda en el grupo de FB que comento en el post, que seguro te lo dicen con más exactitud. Un saludo!
Hola Nerea,
Felicidades por el articulo y la propuesta.
Estoy proponiendo lo mismo en un cole de Tarragona. Me gustaría contactar contigo, ya que igual podría ayudaros técnicamente justificar la necesidad de la propuesta, ya que llevo 20 años dedicado al la seguridad infantil.
Ya me dices.
Buenos días, Nerea:
Me llamo Marta. Soy una mami que está intentando gestionar este mismo tema, a través del AMPA del colegio de mi hijo y me gustaría saber si podrías facilitarme el escrito, o un extracto del mismo, que nos permitiera saber cómo orientar el tema con la Dirección del colegio, ya que estamos un poco perdidos, al no deber la ley de nuestra parte, por desgracia.
¿Podrías ayudarnos?
Un saludo y mil gracias de antemano,
Marta
hola Marta!
Pues el texto que preparé para el colegio trata los aspectos que recojo en este post. De todas formas, si quieres pásate por el grupo de facebook Lluitant per la seguretat en el transport escolar que allí varias personas han colgado ejemplos de escritos presentados a las escuelas. Creo que allí puedes encontrar info muy útil. Un saludo!
Hola! Me ha encantado tu post. El año pasado mi hijo empezó la guardería con 5 meses, por supuesto no fue a ninguna excursión. Este año tendremos granja escuela en Junio, justo habrá cumplido los 2 años. Sigo pensando que es demasiado pequeño para ir en autobús… Pensaba que era la única que pensaba que era una locura sentar a un bebé solo en un asiento o no sé qué es peor, que vaya en brazos de la profesora, como me comentaron en su día. En este caso, ¿tú qué haces? Qué no vayan a ninguna excursión? ¿Hasta qué edad podré considerar hacer eso? 🤔 Difícil…
Gracias, reina. Mi hija va a la guardería, (14 meses ) y mientras la cosa no cambie, no irá a las salidas en autobús. Muchos padres optan por eso y si salen a una granja cerca, pues ellos mismos hacen esa excursión en familia. Con el mayor, que tiene 4, estoy moviendo este tema en la escuela para que mejoren la seguridad y espero conseguir que lo hagan. Si no, me planteo o llevarlo yo misma o que no vaya. Tengo que sopesarlo bien, porque con 4 años es consciente que se pierde algo importante, pero para mi su seguridad está por encima de todo. No sé si te he ayudado mucho…. Te mando un saludo!
Lo comparto en Facebook y en Instagram
¡gracias!